La sentencia del Tribunal de Venecia anunciada el 09 de junio de 2022 declara que el uso del término «Grana» – en las comunicaciones dirigidas a terceros, incluso a través de la web o las redes sociales, en relación con el queso «Gran Moravia» de Empresa Brazzale Spa – constituye una infracción por evocación ilícita de la DOP “Grana Padano”, así como competencia desleal por mala conducta profesional.
La parte resolutiva de la sentencia prevé, además de la extinción y supresión del término «Grana» en todas las comunicaciones de la referida empresa en relación con el queso «Gran Moravia», también una indemnización a favor del Consorcio de Protección y la publicación de la parte resolutiva de la sentencia.
“Como siempre defendió el Consorcio, gracias también a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en 2007, el término Grana, entre los quesos, solo puede asociarse con Padano. Por lo tanto, Grana es solo Grana Padano – subraya Stefano Berni, Gerente General del Consorcio – Acogemos la sentencia con gran satisfacción, observando, además, que cada vez que el Consorcio es inducido a emprender acciones legales para proteger la denominación DOP Grana Padano, siempre encuentra la razón en los Tribunales a los que se dirige”.
Una sentencia que establece que el término «Grana» en los quesos solo puede asociarse con la DOP «Grana Padano» y que también podría facilitar otras denominaciones en el frente de protección como Aceto Balsamico di Modena IGP con respecto a la palabra «Balsámico».
Fuentes: Qualivita y Consorzio Tutela Grana Padano